La Disposición Adicional quinta de la Ley 11/2007, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios y el Decreto 133/2009, de 15 de mayo, por el que se aprueban sus Estatutos, atribuyen al ICREF, entre otras tareas, la gestión financiera del endeudamiento de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) y del sector público regional.
De este modo, desde el ICREF se lleva a cabo la gestión de la deuda de la propia Administración General de la CARM en todas sus fases, desde la emisión, gestión administrativa y del riesgo financiero; la coordinación y control de la financiación del sector público regional y la colaboración en el desarrollo de proyectos de inversión en infraestructuras públicas que se vayan a financiar a través de fórmulas de colaboración entre el sector público y el sector privado, así como cualquier otro tema de carácter financiero, como es la tramitación de la concesión de avales por parte de la Administración General de la CARM o velar por el cumplimiento de la normativa de prudencia financiera en materia de avales y otras garantías concedidas por parte del sector público regional.
En este marco, con carácter general, el ICREF:
Además desde el ICREF se lleva a cabo la tramitación y gestión de los avales que otorgue la Administración General de la CARM y el seguimiento de la concesión de avales y otras garantías del sector publico regional.