Bono Ayuda Hipotecas- Línea Vencida

 

LÍNEA VENCIDA

¿Qué es el «Bono ayuda a las hipotecas »?

Es una ayuda económica del Gobierno de la Región de Murcia, articulada a través del Instituto de Crédito y Finanzas (ICREF), que consiste en un pago único de 300 euros para aliviar el incremento de la cuota hipotecaria de aquellas familias con menos ingresos tras la subida de los tipos de interés.

¿Cuáles son los requisitos de la hipoteca para poder solicitar la ayuda?

Debe tratarse de un préstamo hipotecario que reúna los siguientes requisitos:

  • Referenciado a tipo variable (o mixto, que se encuentre en la actualidad referenciado a tipo variable).
  • Contratado entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2021.
  • Que haya sido revisado en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de marzo de 2023.
  • Que, como consecuencia de esa revisión, haya dado lugar a un incremento de la cuota de, al menos, un 30% sobre la inmediatamente anterior.

¿Qué viviendas pueden acogerse?

Esta ayuda está dirigida a hipotecas constituidas sobre la vivienda habitual y permanente, lo que se comprobará con el empadronamiento del solicitante a 31 de diciembre de 2022.

¿Cuál es el límite de renta para solicitar la ayuda?

Pueden solicitar el Bono las familias con una renta no superior a 31.658 euros, que es el valor de la renta media de los hogares de la Región de Murcia. Para calcular la renta familiar se tendrán en cuenta, conforme a la normativa del IRPF: la persona titular del préstamo y su cónyuge, en su caso, o las personas titulares del préstamo, si fueran más de una, que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda asociada a la hipoteca.

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD

¿Cuándo puedo solicitar la ayuda?

Puede solicitar el Bono ayuda a las hipotecas desde el 3 de abril hasta el 29 de mayo de 2023.

¿Cómo puedo solicitarla?

Puede  solicitarla a través de internet desde un ordenador o desde su móvil en la Sede Electrónica de la CARM, procedimiento 4113. Debe estar dado de alta en el sistema Cl@ve, aunque también puede realizar este trámite con su certificado electrónico o con el DNI electrónico.

Solicite Cl@ve, 

Por su agilidad y rapidez para obtenerlo, le recomendamos realizar el procedimiento con el sistema Cl@ve. Si aún no dispone de él, puede registrarse de forma rápida por distintas vías:

  • Por internet: a través de este enlace.
  • Presencialmente:
    • En las oficinas de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (ATRM). Consulte aquí las oficinas de las ATRM en las que se puede solicitar Cl@ve.
    • En las oficinas de registro. Aquí puede comprobar cuál es la más cercana a su domicilio.

Existen además vídeos explicativos sobre qué es el sistema Cl@ve y cómo registrarse en Cl@ve.

¿Qué documentación necesito?

La mayor parte de la información será recabada, si así nos autoriza, por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Sólo necesita disponer de la siguiente documentación en formato electrónico para adjuntar a su solicitud:

  • Recibo actual de la hipoteca de su entidad bancaria, donde conste el importe de la cuota, la cuenta en la que se realiza el cargo y el titular de la misma.
  • Recibo previo a la subida, con la misma información que en el caso anterior.
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria en la que se cargue la cuota hipotecaria.
  • Copia de la escritura del préstamo hipotecario.

Más información

Si necesita más información, puede contactar con el ICREF en icrefrm@carm.es y en los siguientes teléfonos:

  • Sobre el formulario: 012 o 968 362000, de lunes a viernes, en horario de 8:30 a 20:00 horas.
  • Sobre la ayuda: 968 366002 y 968 375325, de lunes a viernes, en horario de 8:00 a 15:00 horas.

Documentos

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